CURSOS DE CAPACITACION

Cambios en la ley de protección del consumidor

Cambios en la ley de protección del consumidor
23/6 -Nota Destacada
En
Marketing
En el mes de marzo entró en vigencia la nueva ley de defensa del consumidor conocida como "Justicia del Consumidor". Esta ley permitirá reclamar, de forma sencilla, por productos con fallas o por servicios mal prestados.
El abogado de Adecua, Osvaldo Riopedre, y el presidente de la Unión de Consumidores de Argentina, Fernando Blanco Muiño, analizaron los alcances de la legislación y detallaron los pasos que deben realizar las personas que desean hacer un reclamo.
 
Osvaldo Riopedre, con respecto a la nueva ley destacó: "ya es hora que las empresas empiecen a cumplir, sobre todo en la posventa, porque una vez que el producto salió del negocio, se acabó todo y pareciera que la relación con el consumidor no existe".
 
"Lo que se pretende acá es que se respete lo que la ley dice sobre casos muy fáciles como las garantías, plazos de entrega o de arreglos, que hoy lamentablemente no tienen receptividad en las empresas", especificó Riopedre.
 
"La Ley de Defensa del Consumidor establece una prescripción de tres años, y esta ley permite la retroactividad: es decir que si yo compre algo y no anduvo, tengo la posibilidad de reclamar", recalcó Riopedre. Por otro lado, "la conciliación entre las empresas y el consumidor es obligatoria, por lo que, sila compañía no acude a la convocatoria y no lo justifica, será multada".
 
El abogado de Adecua explicó además que "el ámbito de aplicación es todo el país, por eso los magistrados creados para estos casos van a ser jueces federales, no provinciales".
 
De todos modos aclaró que "de aquí a que se arme todo este andamiaje jurídicova a pasar un tiempo bastante importante. Hasta que eso suceda, uno debe presentarse ante un juez nacional que atenderá el reclamo".
 
Por su parte, Fernando Blanco Muiño, presidente de la Unión de Consumidores de Argentina, reflexionó que lo que se facilitará con la nueva legislación "es un acuerdo ante los habituales incumplimientos que sufren los consumidores". "La presunción que tenemos es que entre el 75 y el 80 por ciento de los casos que se presenten van a tener solución en las audiencias de conciliación, que son porcentajes muy altos", consideró.
 
A partirde esta nueva ley hay tres vías habilitadas para reclamar, según Infobae: 1) Hay un link de reclamos en www.consumoprotegido.gob.ar, pero debe quedar claro que el trámite tiene que realizarlo el propio damnificado: no se puede actuar en representación de otra persona; 2) También está la opción del 0800-666-1518, la línea del centro de reclamos de la secretaría de Comercio; 3) O de manera personal se puede accionar en cualquiera de los 129 centros de atención jurídica dependientes del ministerio de Justicia de la Nación que funcionan en la ciudad de Buenos Aires.
 
"En el tema de los inquilinos, si el servicio no está a nombre del damnificado, pero hay un contrato de alquiler de por medio, la formalidad está cubierta y queda habilitado para reclamar", detalló Blanco Muiño.
 
Otro detalle importante es que en ningún caso hace falta tener un abogado. "Si el tema se vuelve complicado y el mediador considera que es necesario un asesoramiento letrado, la secretaría de Comercio y el ministerio de Justicias han previsto habilitar un servicio de representación gratuito", agregó el titular de la Unión de Consumidores de Argentina".
¿TE GUSTÓ ESTA NOTA? COMPARTILA
OTRAS PUBLICACIONES EN
Marketing
10 claves para convertir tu idea en realidad 10 claves para convertir tu idea en realidad
1/11 - Cuando uno comienza con una compañía propia, esta frente a un gran desafío. Para lograr concretarlo es importante ser perseverante y no perder la constancia.
En Marketing
Conocé nuestros cursos
Sedes Capacitarte en todo el país
https://www.capacitarte.org/
Todos los cursos
otorgan certificado