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Transformación Digital en Notificaciones Laborales: La Nueva Era de la Ley N°24.013 en Argentina

Transformación Digital en Notificaciones Laborales: La Nueva Era de la Ley N°24.013 en Argentina
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Derecho y Legales
En Argentina, la Ley N°24.013 introduce la posibilidad de notificar irregularidades laborales de manera electrónica, transformando la forma en que los trabajadores pueden hacer valer sus derechos. Descubre cómo esta innovación simplifica el proceso de notificación al empleador y a la AFIP, ofreciendo una alternativa eficiente a la tradicional comunicación por correo postal gratuito.
 
En Argentina, la Ley N°24.013 regula el trabajo no registrado y establece en su artículo 11 las condiciones para que las indemnizaciones contempladas en los artículos 8, 9 y 10 sean válidas en un tribunal. Esto sucede cuando el trabajador o, en su defecto, el sindicato que lo representa, realiza una notificación efectiva al empleador para regularizar la relación laboral.
Esta notificación se lleva a cabo a través de un telegrama laboral, y una copia de esta comunicación debe enviarse a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en un plazo de 24 horas hábiles tras el envío del telegrama. En otras palabras, se debe enviar un segundo telegrama laboral gratuito que reproduce exactamente el contenido del enviado al empleador, como lo establece la ley.
La novedad radica en que esta notificación ahora puede realizarse de manera electrónica. Esto significa que el trabajador puede cargar una copia digital de la comunicación laboral enviada al empleador, sin necesidad de un segundo telegrama. 
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Esta opción se habilitó mediante la Resolución General N°4747/2020 de la AFIP y se puede realizar de dos formas:
1. A través del Servicio de Telegramas Laborales en la página web de la AFIP: Para utilizarlo, debes seguir estos pasos: 
  • Ingresar a "Mis servicios" en la página web de la AFIP. 
  • Luego, seleccionar "Búsqueda/Agregar servicios" y buscar "Telegramas Laborales". 
  • Agregar este servicio a tu conjunto de servicios. 
  • Completar los datos, incluyendo el número de telegrama o carta documento, la fecha del sello del correo, el motivo de la comunicación, el CUIT del empleador, su razón social, el domicilio laboral completo del empleador, tus datos personales como correo electrónico y número de teléfono/celular, y cualquier observación relevante.
  • Finalmente, cargar el telegrama digitalizado como archivo adjunto en formato ".png", ".jpg" o ".jpeg". Esto se puede hacer tomando una fotografía o escaneando el telegrama o carta documento junto con el respaldo del envío postal.
2. A través de la banca electrónica: Si operas con una entidad bancaria homologada por la AFIP y tienes acceso al homebanking, puedes enviar la copia del telegrama o carta documento al empleador de manera similar a la opción anterior. Debes acceder a la opción "Servicios AFIP" y seguir los mismos pasos detallados anteriormente.
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Es importante destacar que esta nueva forma de notificación no reemplaza la opción de enviar la comunicación por correo postal gratuito, como establece la Ley N° 23.789. De hecho, ambas modalidades son válidas para comunicaciones laborales, según lo establecido en la Ley N°24.013.
Agradecemos la colaboración del docente Dr. Claudio Oscar Giannone y los invitamos a conocer todos sus cursos en Capacitarte

 

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