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Cómo tramitar tu proyecto como una SRL en 24 horas

Cómo tramitar tu proyecto como una SRL en 24 horas
26/7 -Nota Destacada
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Derecho y Legales
Desde el 12 de julio de este año, todos los trámites de constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) que ingresen bajo la modalidad urgente serán inscriptos en 24 horas, según la Resolución General de la Inspección General de Justica N° 5/2017), siempre y cuando el trámite no tenga observaciones.
Una de las primeras decisiones que se deben tomar a la hora de iniciar un emprendimiento tiene que ver con qué tipo de sociedad formar, donde las figuras de Sociedad Anónima (SA) y de Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) terminan siendo las más usuales.
 
Para evaluar el tipo societario que conviene establecer es neceario tener en cuenta los aspectos contables y legales. Se deben considerar cuestiones como la cantidad de participantes y hasta el modo de financiación al que se aspire.
Ante todo, desde el punto de vista legal, se debe contemplar la responsabilidad que se asume en caso de no utilizar una figura jurídica adecuada, ya que puede generar costos o trámites innecesarios y, en ocasiones, hasta traer un ‘encorsetamiento’ para el funcionamiento de la sociedad y la toma de decisiones.
 
La diferencia entre ambos tipos de sociedades tiene que ver con que Una sociedad de responsabilidad limitada (SRL) es un tipo de sociedad en la cual la responsabilidad está limitada al capital aportado, y por lo tanto, en el caso de que se contraigan deudas, no se responde con el patrimonio personal de los socios.
En el caso de una sociedad anónima, (S.A.) todo el capital se encuentra dividido en acciones, que representan la participación de cada socio en el capital de la compañía. Una de las características de la sociedad anónima es que la responsabilidad de cada socio es proporcional al capital que haya. Por eso, participar en una S.A. tiene un nivel de seguridad financiero bastante alto.
 
Según el sitio web del MInisterio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, para constituir una SRL en 24 horas, es necesario realizar una presentación en la sede central de la IGJ (Box 3), en el horario de 8 a 9hs, sin turno. También podrán realizarse en las bocas de atención ubicadas en los colegios profesionales (exclusivo matriculados), en el horario de 9:30 a 11:00hs. La documentación que se presente en alguna de las sedes de los colegios ingresará a IGJ el día hábil posterior. A partir de este momento correrá el plazo de las 24 horas. El costo del trámite de Constitución de SRL en 24 horas es el mismo que el vigente para el trámite urgente.
Para llevar a cabo el trámite de Constitución de SRL deberá presentarse cierta documentación que incluye el formulario de constitución (se obtiene desde la página web del Ministerio, ingresando en "Formularios" y seleccionando el trámite "Constitución de sociedades..."). A su vez, el Formulario de Reserva de denominación social, si ésta se hubiere efectuado y estuviese vigente. Además se necesita  el Dictamen de precalificación profesional conforme al art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15, emitido por escribano público si la sociedad se constituye por escritura pública, o por abogado, si se constituye por instrumento privado. Asimismo, deberá acompañarse Dictamen de precalificación profesional emitido por graduado en ciencias económicas, en el caso que todos o parte de los bienes aportados no sean sumas de dinero. También es necesario el formulario 185 de la AFIP  más copia de la constancia de presentación del mismo ante dicho organismo. Este nuevo requisito es excluyente. No se recibirán trámites urgentes que no acompañen dichos documentos.
Para completar el F185 se deberá bajar el aplicativo SIAP de la AFIP; luego de realizar esta descarga, se deberá bajar el módulo RNS para proceder con la carga de datos en el formulario. Una vez finalizada la carga se deberá generar el archivo para transferencia electrónica de datos. Es importante prestar atención al lugar donde queda guardado dicho archivo ya que luego deberá acceder al mismo para efectuar la transferencia.
El envío del formulario o transferencia electrónica se efectúa a través de la página web de AFIP a la que se accede con CUIT y clave fiscal. 
 
Una vez transcurridas las 24 horas, la IGJ entregará el trámite finalizado, con el instrumento constitutivo inscripto, el número de CUIT asignado de la sociedad y los libros de inventario y balances, diario y de actas de reunión de socios y gerencias debidamente rubricados.
La certificación de inscripción se deberá retirar por Mesa de entradas (Box 3), en el horario de 8 a 14hs.; en tanto, los libros podrán ser retirados por el representante legal o persona autorizada en el instrumento constitutivo, en el horario de 11 a 13hs, por la Mesa de entradas de Rúbricas (Moreno 251). En ninguno de estos puestos de atención se requiere turno previo.
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