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Nuevo procedimiento simplificado para obtener la CUIT para personas jurídicas de la Provincia de Buenos Aires

Nuevo procedimiento simplificado para obtener la CUIT para personas jurídicas de la Provincia de Buenos Aires
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Impuestos
En julio de 2022 se publicó la Resolución General 5238/2022 de AFIP que busca beneficiar a las personas jurídicas de la Provincia de Buenos Aires a través de un procedimiento simplificado para la obtención de la Clave Única de Identificación Tributaria, más conocida como CUIT.
 
El día 21 de julio de 2022, AFIP publicó la Resolución General 5238/2022 cuyo objetivo es intentar, junto al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires, simplificar trámites vinculados al registro de personas jurídicas.
 
De acuerdo con la Contadora Pública Nadia Baruffaldi, dicha Resolución General de AFIP optimiza la gestión y fortalece las herramientas de control al simplificar los trámites vinculados con la inscripción y el registro de personas jurídicas.
 
Según explica la especialista, Baruffaldi, en la resolución se establece un procedimiento simplificado para que las personas jurídicas y ciertos contratos, como los asociativos y de fideicomisos, puedan realizar la obtención de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) que requieran su inscripción en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires.
 
Esto significa que a partir del 1 de agosto, las sociedades bonaerenses, como Sociedades Anónimas y Sociedades de Responsabilidad Limitada, que sean de nueva constitución, van a poder obtener la CUIT al mismo momento que su constitución en un solo paso. Para las otras formas jurídicas, como asociaciones civiles, fundaciones, contratos, queda pendiente que las autoridades bonaerenses establezcan los plazos para la entrada en vigor.
 
 
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¿Cuáles son los pasos a seguir para obtener la Clave Única de Identificación Tributaria a partir de la Resolución General 5238/2022 de AFIP?
  1. En primer lugar, se deberá solicitar la inscripción. Para esto, el representante legal o persona autorizada deberá, al momento de realizar la solicitud de registración ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires, suministrar la información necesaria para la adhesión al Domicilio Fiscal Electrónico y la designación del Administrador de Relaciones de la Clave Fiscal.
  2. Luego, se deberá realizar la verificación. La Dirección Provincial de Personas Jurídicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires, una vez concluido satisfactoriamente el procedimiento de verificación de la documentación presentada por el responsable, deberá remitir la solicitud de validación a la AFIP mediante la utilización del servicio “web” habilitado al efecto. AFIP validará la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), el Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o la Clave de Identificación (CDI) de todos los componentes y podrá bloquear la continuación del trámite de obtención de la identificación fiscal en el caso de que las mismas sean inexistentes, pertenezcan a personas fallecidas, registren quiebra, se encuentren inactivas por conformar la base de contribuyentes no confiables o por suplantación de identidad u oficio judicial, entre otras causales.
  3. El tercer paso consta de Generar el CUIT. De superarse todas las validaciones previas, la Dirección Provincial de Personas Jurídicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires efectuará la registración de la persona jurídica o el contrato y remitirá la solicitud de inscripción a la AFIP acompañada de la copia del instrumento constitutivo. AFIP generará la Clave Única de Identificación Tributaria, habilitará el servicio informático “Domicilio Fiscal Electrónico” y registrará la vinculación del Administrador de Relaciones. Asimismo, AFIP también informará a la mencionada Dirección Provincial, la Clave Única de Identificación Tributaria asignada mediante el mismo servicio “web” utilizado para la remisión de la solicitud de la identificación fiscal, a efectos de su comunicación al solicitante junto con la finalización del trámite de inscripción.
  4. Posteriormente, el usuario podrá hacer un seguimiento del trámite y consultar el estado de la solicitud o, en su caso, los motivos del rechazo y el organismo que lo efectuó, con el número de trámite asignado a través de la plataforma de seguimiento de trámites de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires
  5. Por último, una vez asignada la Clave Única de Identificación Tributaria, se podrán modificar los datos registrados, como por ejemplo, la denominación o razón social, domicilio legal, autoridades y componentes de la persona jurídica o del contrato, entre otros. Dichas modificaciones deberán efectuarse de conformidad con el procedimiento establecido en la Resolución General Nº 4.991, hasta tanto la citada Dirección Provincial de Personas Jurídicas dicte la normativa que resulte aplicable a tal efecto y con los alcances que la misma establezca.
 
En palabras de la contadora Nadia Baruffaldi "Sin dudas, esta medida significa un avance en términos de digitalización de gobierno y, a su vez, un beneficio para todos aquellos que deben realizar trámites vinculados al registro de personas jurídicas".
 
 
Agradecemos la colaboración de la docente de Capacitarte Contadora Nadia Barruffaldi 
 
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