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Adherirse al Monotributo siendo Empleado en relación de dependencia: ¿Es Posible?

Adherirse al Monotributo siendo Empleado en relación de dependencia: ¿Es Posible?
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Impuestos
Muchas personas que trabajan en relación de dependencia tienen la necesidad de adherirse al monotributo por actividades económicas que realizan de manera independiente. Pero, ¿se puede trabajar en relación de dependencia y ser monotributista en simultáneo?
 
Monotributo y relación de dependencia
La respuesta a la pregunta es, sí. Según, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), un ciudadano que trabaja en relación de dependencia puede adherirse al monotributo por una actividad independiente: “ya que la condición de pequeño contribuyente por otra actividad no es incompatible con el desempeño de actividades en relación de dependencia”.
Lo que se debe tener en cuenta, es cuáles son los impuestos y aportes que corresponde abonar, frente a esta situación para no caer en una doble imposición. 
 
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¿Qué debe pagar un monotributista que trabaja en relación de dependencia?
Las personas que trabajan en relación de dependencia y, además, son monotributistas pagan un importe mensual diferente a aquellas que únicamente son monotributistas.
Esto se debe a que las personas que trabajan en relación de dependencia tienen un ingreso bruto sobre el cual se descuentan distintos aportes fiscales, como es el caso de los aportes jubilatorios y los aportes de obra social.
En cambio, los monotributistas realizan su facturación por los servicios prestados, y/o los productos vendidos, que perciben en su totalidad. Pero, luego, en el pago mensual del monotributo se incluye el pago previsional y de obra social.
Por eso, tal como se indica en el sitio web de AFIP, quien trabaja en relación de dependencia y es monotributista en simultáneo, “se encontrará eximido de abonar las cotizaciones previsionales fijas (Jubilación y Obra Social)”.
Es por ese motivo que, en comparación con el pago mensual de aquellos que solamente se encuentran adheridos al monotributo, el importe a abonar es mucho menor, ya que sólo se contempla el componente impositivo del monotributo, que abarca el impuesto al valor agregado (IVA) y el impuesto a las ganancias, descontando el componente previsional.
Cabe destacar, sin embargo, que, al adherirse al monotributo, dependiendo del lugar donde se lleve a cabo la actividad económica, puede ser necesario también inscribirse en el régimen de Ingresos Brutos correspondiente.
Esto se debe a que el sueldo percibido en relación de dependencia no se encuentra alcanzado por el impuesto sobre los Ingresos Brutos, pero en el caso del monotributo esto es diferente.
Lo que ocurre es que el componente impositivo que se abona del monotributo alcanza a los impuestos a nivel nacional, pero no tiene en cuenta aquellos tributos que son provinciales o municipales.
Entonces, como el impuesto sobre los Ingresos Brutos es un impuesto de carácter provincial, quienes trabajan de manera independiente, ya sean autónomos, responsables inscriptos o monotributistas, deben abonar este tributo.
Sin embargo, existen diversos tipos de exenciones, teniendo en cuenta el lugar en el que se desarrolla la actividad económica e, incluso, el tipo de actividad que se realiza, por lo que es aconsejable consultar a un contador acerca de la adhesión al pago del impuesto sobre los Ingresos Brutos para evitar incumplimientos.
 
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