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Cómo inscribirte al Monotributo

Cómo inscribirte al Monotributo
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Impuestos
La finalidad de esta nota es que aprendas cómo realizar la inscripción al Impuesto Nacional Monotributo.
La inscripción al Monotributo (Régimen Simplificado) es sencilla, y se realiza en la página de la AFIP. Para este trámite no es necesario ser contador o contar con la ayuda de uno.
 
Requisitos Previos
Antes de comenzar la inscripción al Monotributo tenés que contar con clave única de identificación tributaria (CUIT) y clave fiscal.
  • En caso de tener la CUIT y haber olvidado tu clave fiscal, podés blanquearla ingresando a la pagina de la AFIP en la opcion “olvidé mi contraseña”.
  • Si no tenes CUIT podes generarla desde tu celular descargándote la aplicación MI AFIP (habilitado para Sistema Android. Próximamente disponible para iOS).
 
Es importante tener en cuenta que NO calificás como Monotributista:
  • En caso que vendas productos: tus ingresos brutos anuales superan los $1.726.599,88.
  • Vendés productos cuyo precio unitario supere los $19.269,14.
  • En caso que prestes servicios: tus ingresos brutos anuales superan los $1.151.066,58.
  • Realizaste importaciones en los últimos 12 meses.
  • Desarollás más de 3 actividades simultáneas o tenés 3 locales.
Teniendo en cuenta los puntos anteriores ahora podés iniciar el trámite de inscripción al Monotributo.
 
Ingresá a la página de la AFIP con tu CUIT y clave fiscal.
Paso 1: Ingresá a la opción Monotributo, Adhesión y/o empadronamiento al monotributo, modificación de datos e ingreso de claves de confirmación, y luego continuá con los pasos 5 en adelante. (Si no encontrás la opción Monotributo realizá los pasos 2, 3 y 4.)
Paso 2: En caso que no tengas la opción Monotributo en tu panel tenés que darla de alta Ingresando a Sistema Registral.
Paso 3: Dentro de Registro Tributario, seleccioná la opción Alta de impuestos.
Paso 4: Seleccioná Alta del Impuesto y aceptá.
Cuando finalizás estos pasos ya podrás verificar que tenés la opción del Monotributo en tu pantalla de panel inicial.
 
Paso 5: Registro de Actividades Económicas.
Paso 6: Seleccioná el período a partir del cual deseás realizar la actualización de datos y clickeá sobre “agregar” en las opciones de la derecha. ¡Ojo! Si ingresás el mes anterior tendrás que recordar pagar el impuesto correspondiente a ese mes más el del mes en curso.
 
Paso 7: Seleccioná la actividad económica que vas a registrar (si no la encontrás poder presionar sobre “sugerencias” y poner palabras claves), aceptá, y ya tenés la actividad registrada.
 
Paso 8: Antes de finalizar, la página de la AFIP te va a pedir como último requisito que des de alta un Domicilio Fiscal Electrónico. Podés consultar los pasos para realizarlo en la siguiente correspondiente nota de nuestro blog.
 
Antes de darte de alta en el Monotributo, tenés que hacer un estimativo de en qué categoría encuadrarías teniendo en cuenta tu facturación bruta anual. Dependiendo de si realizarás locaciones/servicios o venta de bienes muebles será el importe mensual que tendrás que abonar.
El Monotributo está compuesto por el impuesto + aportes al SIPA (Jubilatorios) + Aportes a la Obra Social.
Te preguntarás si es obligatorio pagar la obra social y aportar al SIPA. La respuesta es sí. Todos los monotributistas están obligados a pagar el Aporte a la Obra Social y SIPA salvo que:
  • Trabajen en relacion de dependencia y ya tengan una obra social.
  • Aporten a una caja de previsión profesional o provincial (en este caso tené a mano los datos de la caja correspondiente para poder colocarlos al momento del alta)
  • Estén jubilados
  • Se inscriban sólo para poder cobrar un alquiler.

Si querés agregar a un familiar (de nivel primario) para que tenga obra social, podés hacerlo. Se te incrementará la cuota mensual del Monotributo en $689 por cada integrante que agregues.
Paso 9: Unos minutos y ya termina la inscripción:ingresá nuevamente al panel inicial “Monotributo” (paso 1) y el sistema te va a ir guiando fácilmente.
 
Recordá que para la inscripción al Monotributo no es necesaria la ayuda de un contadorEspero haberte ayudado con esta nota y que hayas podido realizar fácilmente tu inscripción al Monotributo.
 
Monotributista vs. Responsable Inscripto. ¿Qué hago?
Esta pregunta se la suelen realizar los contribuyentes que se encuentran en las categorías más altas del Monotributo o bien quienes están a punto de excederse, para ver si les conviene o no.
 
Muchas veces excediéndote de tu facturación en el Monotributo terminás teniendo una menor ganancia económica, como sucede por ejemplo con el Impuesto a las Ganancias en empleados en relación de dependencia: hay contribuyentes que prefieren tener un menor sueldo para no saltar la barrera y pagar Impuesto a las Ganancias ya que, haciéndolo, terminan percibiendo un sueldo menor. En el caso del Monotributo se necesita un control riguroso de la facturación que vayas realizando ya que si te excedés y te recategorizan de oficio (la AFIP) a Responsable Inscripto tendrás multas e impuestos retroactivos que abonar (se entiende que durante el último año fiscal tu encuadre correcto era ser Responsable Inscripto).
 
¿Cómo toma el cálculo del período facturado en el Monotributo la AFIP? La respuesta es sencilla, si el 20/5/19 estás haciendo una factura, la AFIP tomará como período anual desde el 21/5/18 hasta el 20/5/19 (365 días consecutivos). Esto no significa que hay un “borrón y cuenta nueva”. En las siguientes lineas te lo explicaré con un breve ejercicio.
 
Ejercicio: Estás registrado en una categoría que tiene un tope máximo de facturación de $820.000 anuales y el 21/05/18 hiciste tu primer factura por el importe de $10.000 y durante todo ese año hasta el 20/05/19 facturaste hasta tu tope máximo de $820.000 anuales muy prolijamente. Esto no significa que el día 21/05/19 la cuenta la tenés en $0 y podés facturar lo que quieras (sin pasarte de tu límite actual), sino que el 21/05/19 se te “borrarían” los $10.000 que facturaste 365 días atrás y vas a tener disponibles $10.000 para facturar ese día 21/05/19. En caso de que el 21/05/19 factures $10.001 estarás pasándote de tu categoría por $1 y tendrás que hacer la recategorización a una categoría mayor, si es que la AFIP no te gana de mano y lo hace automáticamente de oficio, que hoy en día es muy sencillo gracias a la facturación electrónica, que dicho sea de paso, es obligatoria para todas las categorías del Monotributo.
En caso de exceder el límite de facturación anual permitido, el consumo de luz o los alquileres dentro de los parámetros del Régimen Monotributista, automáticamente deberás pasar a ser Responsable Inscripto. Ser Responsable Inscripto deriva en la obligación de inscribirse en el Impuesto al Valor Agregado, el Impuesto a las Ganancias y Autónomos (no incluye la cobertura de salud), sumado a mayores responsabilidades administrativas, como por ejemplo realizar declaraciones juradas de IVA en forma mensual y contar con la ayuda de un contador.
 
Pero hay casos en los cuales un contribuyente, por ejemplo, no se pasa del límite de facturación anual permitido por el Monotributo y sin embargo decide inscribirse en el Régimen General de Responsable Inscripto ya que no siempre ser Monotributista implica tener una menor carga fiscal. Esto ocurre por lo general dentro de las categorías más altas del Monotributo en las cuales hay que realizar una evaluación más minuciosa.
 
AUTORA: Cdora. Juliana Maroni

 

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