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Impuestos
A partir de la sanción de la Ley de Reforma Tributaria, dicho trámite se realizará por semestre calendario (enero/junio y julio/diciembre).
La recategorización de enero/abril del monotributo se podrá hacer hasta el vencimiento de la del semestre enero/junio de 2018.
Según informó la
AFIP, la recategorización del Monotributo correspondiente al cuatrimestre enero/abril de 2018, cuyo vencimiento opera el 21 de mayo de 2018, se considerará cumplida en término siempre que el ciudadano efectúe la correspondiente al semestre enero/junio de 2018 en los plazos y condiciones correspondientes.
Antes de la sanción de la Ley de Reforma Tributaria, la recategorización del Monotributo se efectuaba en forma cuatrimestral. Ahora la reforma establece -en su artículo 152- que dicho trámite se realizará por semestre calendario (enero/junio y julio/diciembre).
Debido a que esta modificación entrará en vigencia a partir del 1° de junio de 2018, se toma esta medida a fin de facilitar el cumplimiento y evitar duplicidad en la carga administrativa.