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Cómo inscribir al personal doméstico en la AFIP

Cómo inscribir al personal doméstico en la AFIP
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Si se tiene una empleada doméstica, ya no hay más excusas, inscribirla es sencillo e incluso se puede deducir de ganancias. En esta nota, explicamos el paso a paso de cómo hacerlo.
La nueva ley es clara respecto de este tema: todas las empleadas domésticas, no importa la cantidad de horas que trabajen, deberán estar en blanco. Este punto es importante aclararlo, porque antes se inscribían a partir de las seis horas de trabajo por semana.
 
El primer paso es aprender cómo se realiza la inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Según el diario La Nación, la inscripciónse realiza por Internet y con clave fiscal. Uno debe ingresar a la web de la AFIP y, una vez allí, entrar en el apartado “empleados de casas particulares”. La opción a seleccionar es “registrar trabajadores”. Luego se desplegará una pantalla, en la cual debe ingresar su número de CUIT/ CUIL/ CDI y en el campo “CLAVE” su clave fiscal. Al ingresar el sistema desplegará en pantalla la lista de servicios AFIP que tiene habilitados. Allí se debe seleccionar el denominado “Simplificación Registral Registros Especiales de Seguridad Social”. Si no lo tuviera disponible deberá habilitarlo utilizando la opción “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”.
 
Una vez realizado este paso, el empleador deberá asignar, entre otros datos, el nombre y apellido de la empleada, número de CUIL-CUIT, la cantidad de horas trabajadas semanalmente, el monto del sueldo, el domicilio donde trabaja y la obra social.
 
Si los datos ingresados no coinciden con la información disponible en la base de datos de la AFIP, no será válida, informándole al empleador los motivos del rechazo.
 
Una vez completado el trámite, el sistema emitirá un comprobante que acreditará el cumplimiento del registro. Mes a mes deberá entregar al empleado y guardar una copia del formulario 102/RT en el que consta la cantidad de horas trabajadas, horario, monto del sueldo, etc., ese formulario es el recibo de sueldo.
 
Además, en la actualidad también es obligatorio contratar una ART para el servicio doméstico. En el mismo recibo de sueldo figura la información. Si el empleador no eligiera una, se le asignará por oficio. Todas las ART darán la misma cobertura y cobrarán la misma tarifa.
 
En el caso de una empleada que trabaje 16 horas semanales o más, la contribución total será de $ 684. Este es el monto máximo a pagar, por supuesto que cuanto menos horas se trabaje menor será el monto a abonar. Los rangos de horas tinen sus montos asignados.
 
En el caso de extinción de una relación laboral, sólo deberá ingresarse los aportes y/ o contribuciones correspondientes al último período mensual devengado. Para ello deberá realizar el correspondiente pago mediante el volante de pago de Cese de Relaciones Laborales. En este caso se utilizará el formulario 1350. Y si se trata de una nueva relación, en el mes de alta deberá optarse por el formulario 575/RT.
 
Con respecto a la deducción de ganancias, el tope anual es de 42.318 pesos y al tener a la empleada en blanco, se podrán deducir las cargas y contribuciones que se realizan.
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